Esta normativa prohíbe la conducción de vehículos con una alcoholemia superior a cero y se encuentra vigente en 13 provincias y 50 municipios.

A través del decreto 254/2023 firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Agustín Rossi; y el ministro de Transporte, Diego Alberto Giuliano, se promulgó la Ley N° 27.714 de Alcohol Cero, que a nivel legislativo fue impulsada por el Frente para la Victoria, y más específicamente por el Frente Renovador.
Esta normativa, sancionada el 13 de abril pasado, modifica la anterior Ley de Tránsito N° 24.449 al sustituir el inciso a del artículo 48 para incluir la prohibición de conducir “cualquier tipo de vehículos con una alcoholemia superior a cero (0) miligramos por litro de sangre”.
“El alcohol en el volante trae perjuicios clarísimos, tenemos números complejos y hay 4 mil siniestros fatales por año en la Argentina, una cifra que duele muchísimo, que últimamente ha descendido, ya que hoy hablamos de 11 muertos por día, algo que hiela la sangre también”, detalló el titular de la cartera de Transporte.
“El 0,5% de alcohol en sangre es difícil calcular, lo importante acá es que cuando uno conduce no debe beber alcohol. No se trata de prohibir la toma de alcohol sino impedir la toma si conducís un vehículo”, concluyó.
Hasta el momento 13 provincias del país -Córdoba, Entre Ríos, Jujuy, Río Negro, Salta, Santa Cruz, Tierra del Fuego, Tucumán, Buenos Aires, La Pampa, Chubut, La Rioja y Chaco- y al menos 50 municipios, entre ellos Mar del Plata, Santa Fe, Rosario, Posadas, Tigre y Ezeiza, cuentan con una normativa de alcohol cero vigente.
Fuente: Télam.